¿Sabías que, hace algunos meses, la Unión Europea publicó un nuevo Reglamento General de Seguridad? Entre los aspectos que recoge este Reglamento destaca la obligatoriedad de ciertos sistemas de seguridad en todos los coches nuevos a la venta. Así, con el inicio del 2020, será necesaria la implantación de determinadas tecnologías.

En KM0 España nos encanta hacernos eco de este tipo de noticias relacionadas con el sector del automóvil, pues consideramos que resultan de gran interés. Sigue leyendo y averigua qué sistemas de seguridad serán obligatorios a partir del próximo año.

👉 Asistente inteligente de velocidad

Será necesario que, en caso de exceso de velocidad, el vehículo alerte al conductor de forma notable. En este sentido, los vehículos que ya cuentan con un sistema de reconocimiento de señales de tráfico se cumple esta nueva normativa.

👉 Indicador de frenada de emergencia

Se exige un sistema que advierta al resto de vehículos de que un conductor está frenando fuertemente. Con respecto al sistema de aviso, los fabricantes podrán escoger el tipo de tecnología a utilizar: los intermitentes, las luces de freno…

👉 Reconocimiento avanzado de distracciones

Si bien en un principio se pretendía establecer un dispositivo que detectase el grado de atención visual de la persona al volante, finalmente bastará con un sistema que advierta al conductor de las distracciones. De esta manera, no será necesario monitorizar con cámara a quien conduce.

👉 Caja negra

La normativa al respecto permanece prácticamente inalterable. El Reglamento señala cuándo debe grabar, así como qué datos se registran. De igual forma, se indica que esta información únicamente estará “a disposición de las autoridades para la investigación y el análisis de accidentes, y en ningún caso para sancionar al conductor por cualquier exceso de velocidad anterior.”

También quedan recogidos en el Reglamento otros aspectos como:

  • El sistema de emergencia de mantenimiento de carril
  • El alcolock (la posibilidad de instalar un alcoholímetro para autorizar el arranque del vehículo).
  • La advertencia de somnolencia (para corregir una conducción errática).
  • El detector de marcha atrás (se obliga a la incorporación de una cámara de visión marcha atrás y sensores de ultrasonidos).
  • El frenado autónomo de emergencia.

Si te interesan más detalles relacionados con el Reglamento, puedes echar un vistazo al reportaje de e-Automotive.

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